Reglamento de calificación
Normas
REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN PARA LOS ARTISTAS PROFESIONALES MIEMBROS DE LAS ASOCIACIONES PROVINCIALES FILIALES DE FENARPE
ART 1.- Se consideran artistas a las siguientes personas: Actores, cantantes, músicos, bailarines, fonomímicos, animadores, declamadores y en general todo aquel que recite, interprete o ejecute una obra literaria o artística. Artistas de circo, de variedades y otros espectáculos de entretenimiento y diversión. Directores de teatro, directores de orquestas, inclusive sinfónicas, coreógrafos, zarzuela, ballet y folklore. REQUISITOS PARA LOS ASPIRANTES ART. 2.- Los aspirantes a pertenecer a las Asociaciones de Artistas Profesionales filiales de FENARPE, deben cumplir con los siguientes requisitos:
ART. 3.- Se aplicarán los siguientes parámetros:
Los precedentes literales se valoran con 25 puntos cada uno. Para ser calificado artista profesional, se deberá obtener al menos 75 puntos. ART. 4.- En caso de menor de edad, solicitar la respectiva autorización del tutor o representante legal. Todos los documentos que presenten los aspirantes deben estar debidamente notariados.
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